¿Qué debes saber sobre operaciones cambiarias en Colombia?

Una guía práctica para entender cómo funciona el cambio de divisas en el entorno empresarial

En un mundo cada vez más globalizado, muchas empresas colombianas realizan pagos y reciben ingresos en moneda extranjera.

Esto implica hacer operaciones cambiarias, es decir, comprar o vender divisas como dólares estadounidenses (USD) o euros (EUR), entre otras.Pero ¿sabías que estas operaciones están reguladas por el Banco de la República y supervisadas por la Superintendencia Financiera de Colombia (SFC)? Aquí te explicamos lo esencial.
¿Qué son operaciones cambiarias obligatorias?

Son aquellas que, por norma, deben realizarse a través de Intermediarios del Mercado Cambiario (IMC), como bancos o compañías de financiamiento autorizadas. Entre las más comunes están:
  • Importación y exportación de bienes y servicios.
  • Préstamos internacionales.
  • Inversiones extranjeras en Colombia o colombianas en el exterior.
  • Pagos de dividendos o regalías hacia otros países.
Estas operaciones deben canalizarse por el mercado cambiario y estar acompañadas de documentación específica como la declaración de cambio, exigida por la regulación.
¿Y qué son las operaciones de libre mercado?

Son aquellas que no están obligadas a ser canalizadas a través del mercado cambiario, como:
  • Envío o recepción de remesas personales.
  • Transferencias por donaciones o herencias.
  • Pagos por servicios no relacionados con comercio exterior (por ejemplo, honorarios o suscripciones digitales).
Sin embargo, aunque no sean obligatorias, pueden hacerse a través de un IMC si el cliente lo prefiere, lo que brinda más seguridad y trazabilidad.
¿Quién puede hacer operaciones cambiarias?

Las operaciones en divisas pueden ser realizadas por:
  • Empresas legalmente constituidas en Colombia.
  • Personas naturales.
  • Intermediarios del mercado cambiario (IMC), que son las entidades autorizadas por el Banco de la República
En todos los casos, es clave cumplir con las normas de prevención de lavado de activos y financiación del terrorismo (SARLAFT), por lo que la entidad financiera puede solicitar información adicional.

Consulta con tu entidad financiera si tu operación requiere declaración de cambio.

Revisa el tipo de cambio aplicado y los costos asociados, como spreads o comisiones.

Conserva los soportes de tus transacciones, como contratos, facturas o cartas de instrucciones.

Utiliza solo canales oficiales para enviar o recibir divisas.

Nunca entregues efectivo para operaciones internacionales esto puede ser riesgoso y no está permitido en operaciones formales.

¿Dónde consultar más información?

Puedes conocer más detalles en los portales oficiales del:
  • Banco de la República – Régimen Cambiario
  • Superintendencia Financiera de Colombia – Protección al consumidor financiero